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Guerrero apela a la responsabilidad y la colaboración para evitar vertidos en la vía pública que han supuesto 38 expedientes sancionadores

Laura Guerrero explica que, “en materia de limpieza, se han tramitado un total de 38 expedientes por infracciones tales como arrojar vertidos a la vía pública como escombros, tierra, hormigón, vidrio y restos de podas”.

“Nos gustaría no tener que tramitar ni un solo procedimiento sancionador porque eso significaría que se cumplen todas las leyes, y ordenanzas municipales; pero como esto no es así, nuestra obligación como Ayuntamiento es cumplirlas y hacerlas cumplir”.

La delegada expresa que “apelamos a la responsabilidad de todos: primero para que no cometan infracciones y, segundo, pedimos colaboración ciudadana, que se llame a la Policía Local, en especial cuando se trate de vertidos de ripios, basuras y podas”.

“Porque queremos que Mérida siga siendo una ciudad amable, limpia, cómoda y tranquila para los que vivimos en ella y para los que vienen a conocerla, a conocernos”.

En este ámbito desde su delegación se han iniciado también expedientes por cuestiones como tirar basura orgánica en cartón, vehículos abandonados en la vía pública, vertidos de aceite en alcantarillado público, tirar ripios a la calle desde el balcón, no recoger y limpiar la zona del puesto del mercadillo, pegada de carteles en sitios no autorizados, pintadas o verter agua sucia, entre otros.

RÉGIMEN SANCIONADOR

El Régimen Sancionador General comprende la potestad sancionadora en cualquier materia de competencia municipal, tanto la regulada en las Ordenanzas Municipales como la contenida en cualquier instrumento legislativo a excepción de las cometidas en materia de urbanismo y tráfico.

En relación a este Régimen Sancionador General se han abierto 269 expedientes, desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.

“Son múltiples las infracciones cometidas que dan lugar a estos expedientes sancionadores como las relacionadas con los animales” que han supuesto un total de 53 expedientes tramitados por maltrato animal, no recoger excrementos, llevar perros sueltos, cazar pájaros con pegamento, dar de comer a gatos, vertidos de restos de animales, molestias producidas por animales o perros sin chip y documentación”.

De otro lado, en este régimen, por ruidos y perturbar la convivencia (39 expedientes) y por horarios de cierre ha habido 28 expedientes.

Otros motivos han sido aparcacoches, orinar en la vía pública y ocupaciones de vía pública, un total de 33 expedientes, “aquí se incluyen por ejemplo las relacionadas con terrazas y veladores, caballetes, etc.”.

También expedientes relacionados con instalar puesto en mercadillo sin licencia, daños a mobiliario, por actos vandálicos (en este caso se tramitan dos expedientes: el correspondiente al procedimiento sancionador y el derivado de los daños a bienes municipales), venta ambulante sin licencia, conducir taxi sin licencia o tirar petardos.

“Es necesario indicar también que no se recoge ningún expediente relacionado con los botellones porque las denuncias que interpone la Policía Local en relación a estas infracciones, así como por la venta de alcohol a menores, o venta de alcohol en establecimientos no autorizados para ello se envían a la Junta de Extremadura para que tramite los correspondientes expedientes sancionadores, ya que el Ayuntamiento ha dejado de ser competente para ello”.

En este régimen, el procedimiento se desarrolla de la siguiente forma:
1. Denuncia policial o informe con investigaciones y actuaciones de la delegación competente.
2. Se remite esa documentación a la Delegación de Régimen sancionador General y del Medioambiente.
3. Se firma la Orden de Inicio del Expediente Sancionador informando al presunto infractor de la falta cometida y de su posible sanción, así como del plazo para alegaciones. En el caso de que se reconozca la infracción podrán beneficiarse de un 20 % de reducción y si realizan pronto pago pronto tendrán derecho a otro 20% de reducción; por lo que podrían beneficiarse de hasta un 40% de reducción en la posible sanción.
4. Terminado ese plazo se dicta la Resolución correspondiente habiendo estudiado las alegaciones y con los informes que necesarios.

MEDIO AMBIENTE

Por otro lado, el Régimen Sancionador del Medio Ambiente se centra en la potestad sancionadora derivada de la aplicación de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente, sobre todo en cuestiones de incumplimientos y carencias de licencias. En este ámbito, desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, se han abierto unos 200 expedientes.

La delegada señala que “la mayor parte de ellos por carecer de licencia de actividad o incumplir lo dispuesto en la licencia concedida; en este régimen también son habituales las infracciones por poner música cuando su licencia no lo permite, emitir ruidos, olores o ejercer actividades sin licencia para ello”.

“En relación a estas últimas, además de interponerse la correspondiente sanción, en la mayoría de los casos y como medida cautelar, si la instructora así lo considera, se cierran los establecimientos hasta que obtengan la correspondiente licencia para poder ejercer la actividad”.

RECLAMACIONES POR DAÑOS

La delegada de régimen sancionador, Laura Guerrero, señala que se han abierto un total de 82 expedientes de reclamación por daños a bienes municipales en el periodo entre el 1 de enero de 2020 y 31 de marzo de 2021. “Estos daños suelen ser, en su mayoría, por accidentes de tráfico” subraya Laura Guerrero.

De estos, 20 se encuentran en tramitación y 39 finalizados, habiendo sido abonado un total de 19.077, 03 euros. El resto se encuentra en la Asesoría Jurídica para reclamar por vía judicial los daños producidos al no haber atendido al requerimiento de pago efectuado.

Redacción

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